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Supervisor y formador emérito

Requisitos para el título de supervisor-formador emérito de CPE

  1. Personas certificadas como supervisores-formadores de CPE por el CPEI u otra organización relacionada con la atención pastoral.
  2. Las personas a las que se les ha concedido la condición de supervisor emérito del CPE se consideran un valioso recurso para el CPEI y sus estudiantes en calidad de asesores, y siguen colaborando como compañeros con fines de apoyo y cooperación.
  3. Los supervisores-educadores eméritos están sujetos al Código de Ética Profesional del CPEI, pero no están obligados a cumplir los demás requisitos anuales de los supervisores-educadores, es decir, la evaluación anual, los requisitos de formación continua, etc.
  4. Haber completado un mínimo de dos cursos de CPE y un mínimo de dos cursos de asesoramiento pastoral de CPEI. (Es posible que la licencia estatal reconozca uno de los cursos).
  5. Haber completado los cursos de formación en supervisión del CPEI o acreditar la reciprocidad.