Formación continua
Requisitos de formación continua
Este término general se refiere a la obtención de horas de contacto a través de una amplia gama de actividades y programas de aprendizaje. Algunos ejemplos son los cursos con créditos académicos, la formación profesional no académica, el aprendizaje autodirigido, el aprendizaje experiencial, los seminarios, los talleres, las ponencias en congresos, las clases presenciales y la participación en grupos de conexión con capellanes o supervisores. El método y el formato de impartición pueden ser presencial, a distancia/en línea, mediante textos impresos/cuadernos de ejercicios, teleseminarios, seminarios web, aprendizaje en línea o el uso de material grabado en vídeo/CD/DVD.
Las oportunidades de formación continua pueden aprobarse mediante elformulario de aprobación de formación continua.
Requisitos para los capellanes
Los capellanes deben cumplir con el requisito mínimo de 1,0 créditos de formación continua (CEU) de la IACET o 10 horas lectivas al año.
Requisitos para los supervisores-formadores
- Los supervisores y formadores deben cumplir el requisito mínimo de 1,5 créditos de formación continua (CEU) de la IACET o (15 horas lectivas al año). Los supervisores y los supervisores de formación en CPE deben cumplir el requisito mínimo de (1,5 créditos de formación continua (CEU) de la IACET) o (15 horas lectivas).
- Participación en las reuniones del personal y el cuerpo docente (supervisores y educadores)
El formulario anual de formación continua y cumplimiento normativo se puede rellenar aquí y debe enviarse antes del 31 de diciembre de cada año.